¿En qué consiste la Res. Ex. SMA N°343/2022?
Dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental biodiversidad para los proyectos que cuentan con una RCA. Instruye que los informes de seguimiento ambiental remitan la información de la data cruda asociada en formato Darwin-Core (estándar internacional), complementándolos (no los reemplazan).
En concreto, establece que los titulares de proyectos o actividades en RCA se contemple la ejecución de actividades de muestreo, medición, análisis y/o control de los subcomponentes fauna, flora y vegetación, hongos y líquenes deben presentar los datos utilizados para la elaboración de los informes de seguimiento ambiental como anexos al reporte de seguimiento, en el formato establecido por la SMA. Adicionalmente, la autoridad estableció la carga de los informes de seguimiento ambiental históricos en el mismo formato, así como la información de la Línea de Base.
¿Existe alguna fecha límite para la remisión de esta información?
Se estableció plazos perentorios que han sido modificados subsecuentemente por dos resoluciones exentas SMA 1.174/2022 y SMA 580/2023, cuyo detalle con las fechas de remisión actual se indica en la siguiente tabla.
Como puede verse en la tabla, existen dos plazos vencidos, el primero correspondiente a los informes de seguimiento ambiental por desarrollar y en desarrollo, los que obligatoriamente deben ser remitidos desde 01 de octubre de 2022 en este formato, así como la carga de informes de seguimiento ambiental históricos, cuyo plazo venció el 30 de junio recién pasado.
En el mismo sentido, se acerca la fecha para la carga de las Línea de Base de proyectos, cuya información debe ser remitida en este formato a más tardar el 01 de septiembre de 2023. Finalmente, es importante resaltar que todo proyecto aprobado desde 01 de enero de 2023 tiene 20 días hábiles para remitir su Línea de Base en este formato.
¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con la Resolución?
Según lo indicado por la SMA, el no cumplimiento de las instrucciones generales dictadas por dicha autoridad constituye una infracción según el artículo 35, literales e) y j) de la LOSMA, la cual es ponderada en su gravedad según sea el caso.
¿Qué servicio presta ECOS en el marco de la Resolución 343?
ECOS apoya a los Titulares elaborando las planillas con información en formato 343, así como reportándolas en el Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) que dispone la SMA. Adicionalmente, en caso de ser requerido puede apoyar analizando los compromisos que deben ser reportados contenidos en la RCA.
“Desde agosto de 2022 a la fecha, hemos apoyado a más de 20 clientes, en el marco de esta Resolución, en la elaboración de las planillas asociadas a más de 300 Línea de Base y 500 Informes de Seguimientos Ambientales y su reportabilidad al Sistema de Seguimiento Ambiental”, comenta el líder de equipo, Gonzalo Pérez.
Para facilitar la visualización de la información contenida en las planillas incluyendo la componente y subcomponente ambiental, puntos de monitoreo y taxonomía, entre otras categorías de análisis, ECOS ha elaborado una plataforma tecnológica que permite la visualización en tiempo real y la evolución temporal de las especies catastradas, siendo este un valor agregado del servicio y que pone a disposición de sus clientes.
Para consultas y más información, contáctanos a comercial@ecos-chile.com o llámanos al +56942619402.