
Cabe indicar que la Ley 21.595 de Delitos Económicos y Medio Ambiente -que fue publicada el pasado 17 de agosto en el Diario Oficial – establece diversas modificaciones para prevenir la comisión de delitos económicos, a través de la imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, así como a directivos y gerentes de empresas.
Para ello, se crean cuatro categorías de delitos para determinar si estos deben o no, ser considerados económicos. Dentro de los delitos de primera categoría se encuentran los cometidos contra el Mercado de Valores y bancarios; de segunda categoría se encuentran los delitos tributarios y contra el medio ambiente; de tercera categoría si es que existe malversación de caudales públicos y cohecho; y de cuarta categoría están el lavado de activos y receptación cuando tengan como base algún delito considerado económico.
Así, en materia ambiental, se incorporan al Código Penal, los delitos de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de contravención reiterada a instrumentos ambientales, los de afectación grave al medio ambiente y los de afectación grave a áreas protegidas. Además, se modifica el artículo segundo de la ley N° 20.417, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, incluyendo nuevos delitos ambientales.
Esta capacitación se centra en educar al personal de una empresa sobre las regulaciones y normativas ambientales pertinentes. Incluye sesiones informativas y de formación para garantizar que los empleados comprendan sus responsabilidades legales y los requisitos de cumplimiento.
Este servicio proporciona capacitación sobre el proceso de fiscalización llevado a cabo por las autoridades ambientales y cómo responder adecuadamente a las inspecciones y requerimientos de información. Se enseñan estrategias para enfrentar y resolver situaciones de incumplimiento de manera eficaz.
Esta capacitación se enfoca en proporcionar conocimientos sobre la evaluación de impacto ambiental (EIA) y otros procesos de evaluación utilizados para determinar los efectos ambientales de proyectos y actividades. Se cubren temas como la identificación de impactos, la elaboración de medidas de mitigación y la participación pública en el proceso de evaluación.
Esta capacitación se centra en el cumplimiento de las normas de calidad ambiental establecidas en los Instrumentos de Gestión Ambiental (ICA). Se enseña a los participantes sobre los requisitos y procedimientos para cumplir con las normativas de calidad del aire, agua, suelo y otros aspectos ambientales relevantes.
Este servicio implica capacitar al personal de la empresa en la realización de auditorías internas para evaluar el cumplimiento de los procedimientos y estándares ambientales establecidos. También puede incluir la formación de verificadores ambientales para llevar a cabo inspecciones y evaluaciones en el terreno.
Este servicio se centra en la implementación de herramientas y sistemas de gestión de cumplimiento ambiental en conformidad con el Modelo de Prevención de Delito (MPD). Se proporciona asesoramiento y apoyo técnico para integrar estas herramientas en los procesos y operaciones de la empresa.
Este servicio implica la elaboración de informes técnicos detallados sobre cuestiones ambientales específicas, como evaluaciones de impacto ambiental, estudios de contaminación, análisis de riesgos, entre otros
Estas auditorías se centran en identificar posibles infracciones ambientales que podrían constituir delitos según la legislación vigente. Se realizan revisiones exhaustivas de los procesos y actividades de la empresa para detectar cualquier comportamiento irregular o ilegal.
Este servicio implica la evaluación y análisis de los riesgos ambientales asociados con las operaciones y actividades de una empresa. Se identifican los peligros potenciales, se evalúa la probabilidad de ocurrencia y se desarrollan estrategias para mitigar o eliminar los riesgos.
Este servicio proporciona apoyo y asesoramiento en la implementación y cumplimiento del Modelo de Prevención de Delitos (MPD), que puede incluir la gestión de proyectos, el diseño de estrategias de desarrollo sostenible y la elaboración de planes de acción ambiental.
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La Ley 21.595, publicada el 17 de agosto de 2023, establece mayores exigencias a las personas jurídicas, sus sistemas de cumplimiento interno y sus directivos y gerentes para prevenir delitos económicos. En materia ambiental, incorpora al Código Penal los delitos de elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, contravención reiterada a instrumentos ambientales, afectación grave al medio ambiente y afectación grave a áreas protegidas.
Sí. La ley crea cuatro categorías de delitos económicos, y los delitos contra el medio ambiente se ubican en la segunda categoría, junto con los tributarios. Esto significa que pueden generar responsabilidad penal para la empresa y sus directivos, con las sanciones agravadas que contempla el régimen de delitos económicos.
La prevención se articula principalmente a través del Modelo de Prevención de Delitos (MPD), incorporando herramientas de gestión de cumplimiento ambiental, análisis de riesgo ambiental, auditorías con foco en potenciales delitos y capacitación del personal. ECOS Chile ofrece un servicio integral modular que cubre estos componentes según las necesidades de cada organización. Esto en el contexto de revisión o actualización del MDP de las compañías, considerando la naturaleza de sus actividades y su interacción con el medio ambiente y los compromisos ambientales que estos tienen.
Ofrece capacitaciones en cumplimiento normativo, en el proceso de fiscalización y cómo enfrentarlo, en evaluación ambiental, en cumplimiento de Instrumentos de Carácter Ambiental, y en auditoría interna y levantamiento de verificadores, orientadas a que directivos y empleados comprendan sus responsabilidades legales bajo la nueva normativa.
Es una revisión exhaustiva de los procesos y actividades de la empresa orientada a identificar posibles infracciones que podrían constituir delitos según la legislación vigente. Permite detectar comportamientos irregulares de forma temprana y adoptar medidas correctivas, resguardando además la posición de la empresa y sus directivos en caso de delitos cometidos por terceros.
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