VIERNES 12 MAYO 2023 I El día 11 de mayo del 2023 mediante D.S. N° 5 del 2023 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) se publicó en el Diario Oficial la Norma Primaria de Calidad del Aire para el Compuesto Orgánico Volátil Benceno.
Para explicar esta norma, nuestras profesionales de ECOS Ivonne Quintana y Mariana García Troncoso nos presentan los aspectos más importantes de este nuevo cuerpo legal.
? ¿Qué son los compuestos orgánicos volátiles?
Los compuestos orgánicos volátiles (COVs) son sustancias con una alta volatilidad a temperatura ambiente, por lo que se emiten vapores a la atmósfera con facilidad. Particularmente el benceno dada su naturaleza y presencia en la atmósfera, requieren su monitoreo continuo para así determinar los niveles de exposición en que se encuentra la población cercana a las fuentes, principalmente por sus características perjudiciales para la salud.
? ¿Cuáles son los valores de la norma?
Esta nueva normativa viene a establecer un límite de concentración anual de 3 µg/m3 (una de las más restrictivas a nivel internacional) y se considerará sobrepasada cuando las estaciones monitoras (calificadas como EMRPG-COV’s) registren un promedio aritmético mayor a dicho valor durante un año calendario. Adicionalmente, se definen niveles que darán origen a situaciones de emergencia ambiental en caso de que se superen ciertas concentraciones en intervalos de una hora (nivel de alerta entre 30 y 59 µg/m3; nivel de preemergencia entre 60 y 119 µg/m3; nivel de emergencia superior a 120 µg/m3).
? ¿Qué es lo que viene?
Conforme lo establecido en la norma durante el siguiente año calendario será la autoridad ambiental, ya sea el Ministerio del Medio Ambiente o bien mediante la Superintendencia de la cartera, la que brindará los lineamientos regulatorios para determinar y publicar el programa de monitoreo continuo, las metodologías de medición y validación del dato y los procesos transitorios y/o finales para la declaración de zonas saturadas o latentes.
? ¿Quién fiscalizará esta norma?
Al igual que las normas de calidad vigentes en nuestro país, la fiscalización de este nuevo cuerpo legal le corresponderá a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
? ¿Cómo podemos ayudarlos?
✅ En aquellas zonas en las que existe monitoreo de este contaminante podemos, en forma preventiva, establecer la participación de nuestros clientes en la zona, para así determinar posibles medidas a ejecutar ante la declaración de zona saturada o latente y la declaración futura de un Plan de Prevención y/o Descontaminación para el COV Benceno.
✅ Asimismo, para aquellas industrias o regulados que no estén localizados en zonas con medición existente, es posible realizar el diagnóstico de sus procesos mediante los aportes en la emisión del contaminante, para que cuando la autoridad publique las restricciones complementarias a esta norma, se encuentren con una base sólida de la situación en la que se encuentran.
Comunicarse con ??
comercial@ecos-chile.com